martes, 28 de agosto de 2012
DEMANDA ANTE EL JUZGADO DE LO SOCIAL
Si los órganos administrativos Gestores de la Seguridad Social, deniegan la reclamación previa laboral, se solicitara mediante demanda ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, que tienen la facultad de revisar el caso, y, si el enfermo tiene razón y ha logrado reunir pruebas y evidencias que así lo acrediten, se le concedera la incapacidad laboral por enfermedad común, profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral
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