LA CONSTITUCIÓN DE 1978 DEBE SER GARANTIZADA POR LOS QUE SE DEDICAN A LA JUSTICIA
domingo, 13 de enero de 2013
Trabajador por cuenta propia o autónomo:
Aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario