LOS VALORES VALEN

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 DEBE SER GARANTIZADA POR LOS QUE SE DEDICAN A LA JUSTICIA

jueves, 20 de noviembre de 2014

Artículo 1210.3º del Código Civil

Hay que tener en cuenta la opción que ofrece el artículo 1210.3º del Código Civil al deudor que pagó, al permitirle subrogarse en el crédito.

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