domingo, 1 de febrero de 2015
568 LEC CONCURSO
. Por la notificación hecha al Tribunal de que el ejecutado se encuentra en situación de concurso. El SJ suspenderá la ejecución en el estado en que se halle, en cuanto le sea notificado que el ejecutado se encuentra en situación de concurso. La continuación del procedimiento se regirá por la Ley concursal
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario