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lunes, 20 de agosto de 2012

DERECHO PENAL ESPECIAL. PENA DELITO AMENAZAS

¿CON QUÉ PENA SE CASTIGA? El delito de amenazas está sancionado con prisión de 1 a 5 años, si la producción del daño en que consiste la amenaza se condiciona (por ejemplo, exigiendo una cantidad de dinero para evitar el perjuicio), o de 2 a 6 años de prisión si no se impone ninguna condición. Las penas se graduarán en función de las circunstancias que rodeen a la comisión del delito y así se agravarán si se realizan por teléfono o cualquier otro medio de comunicación, o cuando se dirijan contra una multitud de personas. Las amenazas con causar a otro un daño que no es constitutivo de delito también están penadas con prisión de 2 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses.

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